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Bases y condiciones

Reglamento Promoción FLOXADAY

El Programa Floxaday (en adelante el "Programa") es, esencialmente, un programa a través del cual  Holliday Scott premia a los médicos veterinarios de acuerdo al éxito obtenido en los tratamientos en los que se utilizó exclusivamente el antibiótico Floxaday.

 

Los participantes deberán completar un formulario en la página https://www.floxaday.com.ar/caso-veterinario detallando las características del tratamiento prescripto y sus resultados.

 

Un jurado calificado determinará los ganadores de los premios  conforme se establece en los presentes términos y condiciones (en adelante "Términos y Condiciones").

 

1) PROGRAMA “FLOXADAY”.

 

1.1. ADHESION AL PROGRAMA:

 

1.1.1 Podrá ser participante  del programa sólo la persona que reúna las siguientes características: a) tener domicilio en la República Argentina. b) poseer matrícula de médico veterinario en cualquiera de las jurisdicciones del país.


1.1.2. La persona que pretenda participar, deberá ingresar al sitio https://www.floxaday.com.ar/caso-veterinario (en adelante el “Sitio”) y deberá completar íntegramente el formulario, detallar el o los casos de éxito que hubiera obtenido con el producto FLOXADAY  y enviarlo a Holliday Scott S.A.  a través de la misma página.   


1.1.3.  Holliday Scott S.A.  a su exclusivo criterio y decisión determinará si acepta o rechaza la participación al programa, siendo esta decisión, inapelable e irrecurrible. 


1.1.4. El rechazo de la solicitud de participación por parte de Holliday Scott no dará derecho a reclamo alguno, por ningún concepto. 


1.1.8. Holliday Scott  podrá, a su exclusivo criterio y sin expresión de causa,, rechazar cualquier solicitud de participación al Programa.

 

1.1.9. Todas los casos informados y formularios de adhesión declarados admisibles, serán examinados y analizados por un jurado compuesto por cuatro profesionales médicos veterinarios de renombre de la industria, desde la fecha de finalización de envío de formularios 23 de Noviembre de 2018 y hasta el 30 de noviembre de 2018.

 

1.1.10. El jurado se expedirá con anterioridad al  12 de diciembre de 2018 declarando tres ganadores que se ubicarán en los  puestos primero, segundo y tercero, de acuerdo al orden de mérito. Asimismo, podrá elegir también dos casos más, que ocuparán los puestos cuarto y quinto en carácter de suplentes, para el caso que alguno de los ganadores no asistiera o se negara a recibir el premio otorgado.

 

1.1.11. La decisión del jurado, será inapelable e irrecurrible y la elección se fundará en criterios médicos objetivos y de innovación, al solo y exclusivo arbitrio del jurado.  


1.1.12. No se aceptarán formularios con casos en los que no se hubiera utilizado el producto antibiótico Floxaday


2) PREMIOS.


2.1. Se otorgarán tres premios, de acuerdo al orden del mérito obtenido en la selección y elección que hubiera realizado el Jurado.


2.2. El primer premio, correspondiente al primer puesto, consistirá en la entrega de pesos diez mil, el segundo puesto tendrá un premio de pesos cinco mil y el tercer puesto otro premio de pesos cinco mil. En el caso de que el ganador del primer puesto seleccionado por el jurado sea miembro activo de la Asociación de Veterinarios Especializados en Animales de Compañía de Argentina (Aveaca), el premio para esa persona ascenderá a pesos quince mil.

2.3. Holliday Scott S.A. podrá publicar los casos que resultaran ganadores, mencionando también  el nombre del profesional en los medios que considere pertinente (folletos, redes sociales, web) quedando autorizada a ello por el solo hecho de la participación en el Programa.

 

2.4. Los premios se entregarán en las oficinas del Holliday Scott desde el 15 al 20 de diciembre de 2018 de 14 a 18 hs., previo acuerdo con las partes, venciendo indefectiblemente el retiro del mismo el día 20 de diciembre de 2018.

 

2.5. Los ganadores serán informados previamente mediante comunicación electrónica u otro medio fehaciente y será condición excluyente para obtener el premio, que concurran personalmente a recibir  el mismo.

3) PROMOCIONES Y SORTEOS. ACCIONES PUBLICITARIAS.
 

3.1. En forma directa o a través de terceros, Holliday Scott, con la frecuencia que establezca a su exclusivo criterio, podrá realizar promociones y sorteos de bienes y/o servicios, de conformidad con las bases y condiciones que se determinen en cada oportunidad.

3.2. En las promociones y sorteos, no podrán participar empleados y contratados directos de Holliday Scott, así como tampoco sus familiares-parientes por consanguinidad o afinidad en segundo grado.

3.3. Adicionalmente,  Holliday Scott S.A. podrá emprender acciones publicitarias y promocionales con terceras personas ajenas o no al Programa, a fin de acercarle al participante diversa información, ofertas y beneficios que puedan resultar de su interés. 


4) CANCELACION.
 

4.1.Holliday Scott podrá cancelar o finalizar cualquier adhesión al Programa sin aviso previo, y sin que ello genere derecho a reclamo o indemnización alguna a favor del Participante , en los supuestos que se detallan a continuación: a) si no cumpliera con cualquiera de los Términos y Condiciones; b) si abusare de cualquier privilegio concedido bajo el presente Programa; c) si proveyera cualquier información falsa a Holliday Scott S.A.

4.2. Finalizada la adhesión al Programa por cualquier causa, la información relativa al Socio existente permanecerá en la base de datos de Holliday Scott, con respeto a las normas de confidencialidad.


5) VIGENCIA.

5.1 El presente Programa de promoción se iniciará a las 09.00 horas del día 25 de octubre de 2018 finalizando a las 18.00 horas del día 23 de noviembre de 2018 . No se aceptarán formularios que sean enviados con anterioridad a la fecha de inicio ni con posterioridad a la fecha de terminación. La hora a tomar en  consideración será la vigente en los sistemas informáticos de Holliday Scott S.A.

6) CONDICIONES GENERALES.

6.1. En cualquier momento, Holliday Scott podrá efectuar cambios en los presentes Términos y Condiciones, en las condiciones de la adhesión al Programa, a la denominación del Programa y a su logo, a los Premios  incluidos en el Programa y a las condiciones de acceso a dichos premios y la vigencia de los mismos.  Las modificaciones mencionadas precedentemente, podrán ser informadas al Participante a través del Sitio web de la empresa y el sitio www.floxaday.com.ar

 

6.2.  Holliday Scott no será responsable por los daños causados al Participante en ocasión de la  participación en el Programa.

6.3. El Participante expresamente acepta y da su consentimiento para:

 

(a) Proveer la Información solicitada para participar del Programa y autoriza a Holliday Scott al acceso, conservación y tratamiento de la Información allí contenida;
 

(b) El Participante declara y acepta que los datos que a través de la adhesión al Programa sean recopilados por Holliday Scott, sean utilizados de conformidad con el artículo 9 de la Ley 25.326 y su reglamentación. 

6.4. El Participante podrá requerir en cualquier momento la actualización, rectificación y/o supresión cuando corresponda de los datos personales de los cuales sea titular, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 25.326 y su reglamentación.

6.5. Cualquier comunicación cursada por Holliday Scott a un Participante se considerará notificada si fue remitida al domicilio del mismo o a la dirección de correo electrónico obrante en el formulario remitido o en su Base de Datos.

6.6.El Participante, al adherirse al Programa, acepta expresamente los presentes términos y condiciones y brinda su conformidad y autoriza a Holliday Scott a enviarle y trasmitirle todo tipo de comunicaciones, avisos y mensajes que guarden relación con la adhesión y/o el Programa y con los fines publicitarios, comerciales y promocionales a los domicilios, como así también a las direcciones de correo electronico y teléfonos, que se encuentren registrados en la Base de Datos. El Participante podrá revocar dicha autorización manifestando por escrito al domicilio de Holliday Scott sito en Int. Neyer 924 2ª Piso, Beccar,  provincia de Buenos Aires o vía email a info@holliday.com.ar su expreso deseo de no recibir aquellas comunicaciones.


6.7. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad contenida en los presentes Términos y Condiciones, en favor de Holliday Scott se extiende a cada uno de sus socios, empleados, directores, gerentes y sus personas jurídicas vinculadas y filiales conforme el significado dado por la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales.

6.8. La eventual nulidad de alguna de las cláusulas de los presentes Términos y Condiciones, no importará la nulidad de las restantes cláusulas. 

6.9. Cualquier cuestión que se suscite con el Participante en relación a la adhesión y/o el Programa, será resuelto en forma definitiva e inapelable e irrecurrible por Holliday Scott S.A.

6.10. La adhesión implica la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, los que se reputan conocidos por el Participante,

6.11. Holliday Scott tiene su domicilio comercial en Int. Neyer 924, Piso 2, Beccar, Provincia de Buenos Aires.

6.12. El Participante y Holliday Scott S.A. acuerdan someter cualquier disputa o divergencia derivada de los presentes Términos y Condiciones a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor: Para Consultas y/o denuncias ingrese a http://www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor

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